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Con 28 artículos esta ley resuelve de manera sencilla algunos aspectos importantes, por poner algunos ejemplos:
PARTICIPACIÓN Artículo 17- Se entiende por participación el proceso democrático mediante el cual los usuarios y la sociedad civil devienen en actores fundamentales en cuanto a la planificación, gestión y control de los recursos hídricos, ambiente y territorio, respetando las identidades. Artículo 18- Los usuarios y la sociedad civil, tienen derecho a participar de manera efectiva y real en la formulación, implementación y evaluación de los planes y las políticas que se establezcan
AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO Artículo 13- El objetivo de la política en agua potable y saneamiento es asegurar la universalidad del acceso a los mismos, sobre la base de que las razones de orden social priman por sobre las de orden económico. El saneamiento comprende el alcantarillado sanitario u otros sistemas para la evacuación, tratamiento y/o disposición de las aguas servidas. Se entiende como saneamiento integral: el saneamiento; drenaje y alcantarillado pluvial; y la recolección y disposición de residuos sólidos.
VER LEY DE AGUAS URUGUAY |